Residencia en España

En Llauretum llevamos desde el año 2004 ayudando a legalizar y regularizar la situación a ciudadanos de todo el mundo y la vez hacer posible el reencuentro con sus familiares para que puedan vivir en España de forma legal.

Ciudadanos no Comunitarios

Los Ciudadanos no comunitarios pueden obtener residencia en los siguientes casos.

Es una autorización de residencia por circunstancia excepcional que beneficia a ciudadanos extranjeros que se encuentran en España en situación irregular, es decir, sin una autorización de estancia o residencia.

Distinguimos tres tipos de arraigo:

Arraigo laboral.

Si ha permanecido en España al menos dos años y puede acreditar una relación laboral de duración no inferior a seis meses.

Arraigo Social.

Si ha permanecido en España al menos tres años, cuenta con un contrato de trabajo y acredite vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presente un informe de inserción social.

Arraigo Familiar.

Si es hijo de padre o madre originariamente españoles o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española.

Arraigo para la Formación.

Si ha permanecido en España al menos dos años y se compromete a realizar un curso de formación profesional u ocupacional de al menos 40 horas, puede acceder a una autorización de residencia temporal de un año. Esta modalidad fue introducida por el Real Decreto 629/2022 y permite regularizar la situación mientras se adquieren competencias laborales.

Regularización Extraordinaria 2026

El Gobierno español está tramitando una reforma del Reglamento de Extranjería que incluye un Proceso Extraordinario de Regularización. Según los borradores disponibles, el proceso abriría en torno al 1 de abril de 2026 y se extendería hasta el 30 de junio de 2026.

¿Quién puede solicitarlo?

Podrían acogerse las personas que cumplan todos estos requisitos:

• Haber entrado en España antes del 1 de enero de 2026.

• Haber permanecido en España al menos 5 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud.

• No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anteriores durante los últimos 5 años.

• No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.

• No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en el espacio Schengen.

• No encontrarse en situación de estancia o residencia regular, ni tener solicitudes de residencia en trámite.

¿Qué permite una vez admitida la solicitud?

Con la Comunicación de Admisión a Trámite (no el simple resguardo de presentación), el solicitante obtendría autorización provisional para residir y trabajar por cuenta ajena y propia en todo el territorio nacional.

Documentación orientativa necesaria

• Pasaporte en vigor.

• Certificado de empadronamiento histórico u otras pruebas de permanencia en España.

• Certificado de antecedentes penales del país o países de residencia anteriores (salvo excepciones).

• Modelo oficial de solicitud (pendiente de publicación en sede electrónica).

• Tasa por tramitación (orientativamente ~38€, según Orden PJC/617/2025) + tasa TIE de 16,08€.

Nota: El texto definitivo está pendiente de publicación en el BOE. Esta información se basa en el segundo borrador del proyecto de reforma del Reglamento de Extranjería (marzo 2026). Contacta con nosotros para asesoramiento personalizado.

 

Si un ciudadano vive en España legalmente con su permiso de residencia siendo ciudadano de fuera de la UE, puede iniciar el procedimiento de reunificación familiar para traer a su familia.

Se pueden beneficiar de estos derechos, el cónyuge o la pareja de hecho, descendientes directos y los padres. Si estos familiares se quedaran en el país cinco años de forma continuada, tendrían derecho a solicitar la autorización de residencia de larga duración.

Si la persona que actualmente vive en España, es ciudadano español o es de un país de la Unión Europea, el proceso que deben seguir tus familiares para venir a España es del visado por ser familiar de un ciudadano de la UE. 

Existen otras situaciones excepcionales como el asilo, razones humanitarias o la protección internacional.

Tramitamos solicitudes, modificaciones, renovaciones y recursos de extranjería.

Autorización de menores
Modificaciones de permiso de residencia
Renovaciones
Recursos de apelación
Recursos de reposición
Recursos de revisión
Recursos contencioso-administrativo

Somos expertos en todas aquellas cuestiones relacionadas con el Derecho de Extranjería, sabemos lo que necesita un ciudadano extranjero para vivir de forma regular en España

Ciudadanos Comunitarios

Aquellos ciudadanos de un estado de la Unión Europea, incluyendo Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, que quieran vivir en España por más de tres meses deberán solicitar la inscripción correspondiente en el Registro Central de Extranjeros.

Una vez conseguido, estos ciudadanos tendrán derecho a residir en España siempre y cuando cumplan estos requisitos.

Ser trabajador por cuenta ajena en España
Ser trabajador por cuenta propia en España
Disponer de recursos suficientes para el y su familia
Cursar estudios en España

Los familiares de estos ciudadanos tendrán derecho a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

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